martes, 27 de marzo de 2012

La Diputación destina 202.500 euros a las subvenciones de planeamientos urbanísticos en los municipios alaveses

En virtud de la Ley 2/2006 del suelo y urbanismo, corresponde a la DFA la aprobación definitiva de los instrumentos de planeamiento general de los municipios de menos de 7.000 habitantes –todos exceptuando Vitoria-Gasteiz, Llodio y Amurrio–, así como de los instrumentos de planeamiento de desarrollo de los municipios de menos de 3.000 habitantes –todos menos Vitoria-Gasteiz, Llodio, Amurrio, Salvatierra y Oyón-Oion–.

Además, dentro de estas subvenciones también se recogen los estudios de evaluación conjunta de impacto ambiental, preceptivos por Ley, y que constituyen una pieza clave en el engranaje urbanístico municipal, ya que reflejan el compromiso adoptado por cada corporación con el medio ambiente y la sostenibilidad.

En definitiva, la función básica de los Planes Generales Municipales de Ordenación Urbana es la definición del modelo territorial urbano de cada municipio con inclusión, de manera vinculante, de las políticas territoriales de las Directrices de Ordenación Territorial y los Planes Territoriales Parciales y Sectoriales.

Por todo ello, y con el fin de impulsar la acción urbanística de los ayuntamientos, el Consejo de Diputados ha aprobado las bases reguladoras de la convocatoria de 2012 para otorgar las subvenciones destinadas a financiar los honorarios de redacción de los planeamientos urbanísticos de los municipios alaveses, su ejecución jurídica y material, así como los estudios de evaluación conjunta de impacto ambiental.

Esta labor, además de obligada por la normativa, se convierte en necesaria ya que sin la ayuda y la financiación de la Diputación Foral de Álava no sería posible la realización de los instrumentos normativos que regulan el uso del suelo, y por tanto, el desarrollo del mismo.

La cuantía máxima de las subvenciones en el marco de la presente convocatoria es de 202.500 euros, si bien podrá incrementarse sin necesidad de una nueva convocatoria en 67.500 euros.

La efectividad de esa cuantía adicional quedará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito presupuestario como consecuencia de la evolución de la recaudación por Tributos Concertados correspondiente al mes de junio, y será debidamente informada por el Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos.
Para la solicitud de subvenciones, los Alcaldes-Presidentes de los Ayuntamientos deberán remitir a la Diputación Foral de Álava la documentación requerida dentro de los 20 días naturales desde la publicación de la convocatoria en el BOTHA.

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