miércoles, 30 de diciembre de 2020

Eguzki denuncia el incumplimiento de la Ordenanza de gestión y protección del arbolado en el Parque del Norte

Eguzki ha tenido conocimiento de una supuesta poda con árboles en el Parque del Norte. Varias encinas han sido utilizadas para dar forma antinatura y realmente “parecen farolas” o elementos decorativos. Eguzki en este sentido, denuncia la falta de consideración del patrimonio arbóreo, y falta de puesta en valor y el incumplimiento de la Ordenanza al respecto, puesto que no se ha respetado la estructura ni la etapa de desarrollo del árbol, no existiendo en este caso, dentro de un parque, motivos de seguridad o molestia grave que permita este tipo de “poda” En consecuencia, exigimos el cumplimiento de la propia ordenanza, la gestión, protección del arbolado y la adopción de medidas por parte de la Oficina de Paisaje Urbano, así como su vigilancia y control para evitar que se repitan estas podas que no respeten la estructura del árbol.En Vitoria-Gasteiz,a 29 de diciembre de 2020

Foto: @ArroyabeEva Eeranskina/ Anexo La citada Ordenanza señala: “Tan sólo por motivos de seguridad o molestias graves estarán permitidas las podas que alteren la estructura del árbol. Los criterios que deben regir las operaciones de poda de arbolado son: 1. Respetar la estructura del árbol. 2. Respetar el ritmo del árbol (gradual). 3. Respetar la etapa de desarrollo. 4. Respetar las características de la especie. 5. Respetar las reservas del árbol (dosis). 6. Respetar los sistemas de defensa del árbol. Antes de realizar la poda se establecerán los objetivos, la época más idónea y el tipo de poda. La ejecución de dichas tareas deberá ser realizada por personal cualificado y bajo la supervisión de la Oficina del Paisaje Urbano ORDENANZA DE GESTIÓN Y PROTECCIÓN DEL ARBOLADO URBANO (2003) fue publicada en el BOTHA, nº 130 de 07/11/2003 Hiriko Zuhaitzak Kudeatu eta Babesteko Ordenantza (2003) ALHAO, 130 zk. 2003/11/7 https://www.vitoria-gasteiz.org/wb021/was/contenidoAction.do?idioma=es&uid=ord_763 https://www.vitoria-gasteiz.org/docs/wb021/contenidosEstaticos/adjuntos/es/16/04/1604.pdf Anexo (extracto de la Ordenanza) Los objetivos de la Ordenanza son (Artículo 2): • Planificar, ordenar y gestionar el arbolado de la ciudad. • Regular todas las actuaciones que afectan al Sistema de Arbolado y, en especial, las que inciden sobre el riesgo de fractura o caída. • Proteger el soporte territorial de los espacios arbolados o susceptibles de serlo en el futuro. • Preservar el patrimonio arbóreo de Vitoria-Gasteiz. Proteger el arbolado frente a cualquier afectación directa o indirecta Artículo 13. Oficina del Paisaje Urbano La Oficina del Paisaje Urbano de Vitoria-Gasteiz constituye la unidad administrativa responsable de la gestión y la protección del arbolado de la ciudad. Artículo 36. Poda. Para realizar cualquier tipo de poda se solicitará informe de la Oficina del Paisaje Urbano. La poda deberá cumplir todas las normativas de seguridad establecidas. Tan sólo por motivos de seguridad o molestias graves estarán permitidas las podas que alteren la estructura del árbol. Los criterios que deben regir las operaciones de poda de arbolado son: 1. Respetar la estructura del árbol. 2. Respetar el ritmo del árbol (gradual). 3. Respetar la etapa de desarrollo. 4. Respetar las características de la especie. 5. Respetar las reservas del árbol (dosis). 6. Respetar los sistemas de defensa del árbol. Antes de realizar la poda se establecerán los objetivos, la época más idónea y el tipo de poda. La ejecución de dichas tareas deberá ser realizada por personal cualificado y bajo la supervisión de la Oficina del Paisaje Urbano.

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