La obligatoridad de este servicio aparece recogida en el real decreto ley 13/2012, publicado el 3 de abril por el Gobierno para contener el déficit de tarifa. En la norma se daba un plazo de tres meses para la implantación del servicio, periodo que se cumplió ayer. ...La nueva regulación establece que, en su relación con los consumidores finales, las eléctricas deberán disponer de un servicio especializado de atención de quejas, reclamaciones, solicitudes de información o comunicaciones de incidencias. Para ello, no solo deberán ofrecer un número de teléfono gratuito, sino también una dirección postal, un número de fax y una dirección de correo eléctrónico para canalizar sus relaciones con los clientes. La puesta en marcha de este servicio coincide con la revisión en julio de la Tarifa de Último Recurso (TUR) de la luz, en la que el Gobierno ha aplicado un alza, que se suma al incremento del 7% ya aplicado en marzo.
miércoles, 4 de julio de 2012
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario