lunes, 28 de mayo de 2012

La cultura como cuarto pilar del desarrollo sostenible

Esto saldra en la Declaración de los Pueblos Indígenas de África sobre el Desarrollo Sostenible y de Río +20 




Nosotros declaramos que:



1. Los pueblos indígenas africanos siguen desafiando a los modelos de desarrollo dominantes que no han contribuido al desarrollo sostenible, la mitigación de la pobreza y la preservación del medio ambiente.



2. En la actualidad los tres pilares del desarrollo sostenible son “medio ambiente”, “economía” y “social”. Estamos firmemente convencidos de que la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas debe servir como un marco fundamental, que subyace en todas las políticas internacionales y nacionales y programas de desarrollo sostenible. Ratificación del Convenio de la OIT N º 169 sobre pueblos indígenas de los países africanos se ha de considerar como una medida que se dará.



3. Un bajo consumo de carbono sostenible, economía equitativa no es un concepto nuevo, ya que ha sido practicado por los pueblos indígenas Áfricas ‘durante milenios. Por consiguiente, instamos a los Estados africanos para desarrollar economías bajas en carbono y pasar a las economías locales, nacionales y regionales que sean sostenibles, equitativas y ayudar en la rehabilitación del medio ambiente, resistencia y capacidad de adaptación de los Pueblos Indígenas.



4. Los pueblos indígenas africanos están decididos a contribuir a exhibir sus buenas prácticas locales de las diversas economías verdes en Río de Janeiro y más allá, lo que refleja el conocimiento tradicional y las formas de vida, con el fin de crear conciencia e informar e influir en los procesos políticos en los planos nacional, regional e internacional .



5. A medida que nuestra contribución al desarrollo sostenible, vamos a seguir para definir nuestros objetivos de desarrollo sobre la base de nuestro conocimiento cultural, social y económica, las ocupaciones, las prácticas y las tecnologías.



6. Estamos repitiendo nuestro llamamiento a los gobiernos africanos a respetar los derechos de los pueblos indígenas hacia Río + 20 y más allá, tal como se consagra en la Convención sobre la Diversidad Biológica, el Programa 21, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio N º 169.



7. Además, instamos a los gobiernos y las organizaciones regionales e instituciones financieras para asignar recursos que permitan la creación de capacidades y la participación plena y efectiva de los Pueblos Indígenas en los procesos internacionales, regionales y nacionales relacionados con las convenciones de Río y otros diálogos de desarrollo sostenible y los procesos relacionados.



8. Hay una necesidad urgente en el fortalecimiento, la reforma y la integración de los tres pilares del desarrollo sostenible, entre otras cosas mediante la adición de la cultura como cuarto pilar del desarrollo sostenible.



9. Apoyamos la posición de los gobiernos africanos y la sociedad civil africana para fortalecer el PNUMA y la transforman en una instancia especializada de la ONU. Su mandato debe incluir la protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas del mundo. En este sentido, recomiendan además que el PNUMA adopta una fuerte política sobre Pueblos Indígenas.



10. Estamos en apoyo de la posición de consenso de África sobre el establecimiento de Consejos de Desarrollo sostenible a nivel nacional, pero con una participación significativa y efectiva de los pueblos indígenas. Se recomienda encarecidamente a los Estados africanos a tener en cuenta la Resolución sobre el cambio climático y los pueblos indígenas aprobada por la Comisión Africana de Derechos Humanos y los Derechos de los Pueblos.



11. Los estados africanos deben adoptar marcos legales específicos que reconozcan, protejan y promuevan los pueblos indígenas como titulares de derechos, incluyendo la ratificación del Convenio N º 169 sobre pueblos indígenas.



12. Con el fin de promover la conservación de los ecosistemas, la gobernanza ambiental en África debe fomentar el reconocimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas, que incluye el derecho a acceder y administrar sus propias tierras y territorios. Como titulares de derechos fundamentales que han sido administradores de los recursos naturales para las generaciones, deben participar plenamente en las discusiones y decisiones relativas a su entorno.



13. Hay una necesidad de la comunidad contemporánea del conocimiento, la ciencia y la tecnología y la comunidad indígena del conocimiento, la ciencia y la tecnología para desarrollar un alineamiento mutuo y la sinergia con el fin de alimentar a la investigación, la formación y desarrollo, así como la formulación de políticas.



14. Estamos en el apoyo total de la llamada Sociedad Civil Africana sobre los gobiernos africanos a acelerar la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río de 1992, en primer lugar la aplicación de las actuales directrices del PNUMA sobre este principio con el fin de iniciar una Convención Africana sobre el Principio 10

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