sábado, 22 de julio de 2017

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El Tribunal Constitucional considera inconstitucional el apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto 900/2015, que indica que “ningún generador se podrá conectar a la red interior de varios consumidores” y declara inconstitucionales los artículos 19-22, dando así la razón a la Generalitat de Cataluña que había denunciado la invasión de competencias por parte del Estado.
¿Qué consecuencias tiene esta sentencia?
Este anulación posibilita ahora que una comunidad de vecinos pueda instalar placas solares para el autoconsumo energético usando un mismo generador, opción que anteriormente quedaba relegada a viviendas unifamiliares. Con esta anulación, se abre una vía para impulsar una normativa autonómica que fomente el autoconsumo comunitario y que permita hacer realidad el dato que ya indica el estudio "El potencial de los ciudadanos energéticos en la UE” de la consultora CE Delft por encargo de Greenpeace, Amigos de la Tierra, Federación Europea de Energías Renovables (FEER) y REScoop: la mitad de los españoles podría producir su propia energía en el año 2050. El Tribunal Constitucional deja la regulación del autoconsumo compartido a cargo de las comunidades autónomas (no de la Dirección General de Política Energética, del Ministerio de Energía), entidades que se encargarán también de regular todos los aspectos operativos, como el almacenamiento local, las redes interiores colectivas o los contadores inteligentes, entre otros. Asimismo, será cada comunidad autónoma la encargada de controlar el registro de autoconsumidores, mediante el cual el Estado controla el pago del conocido como ‘impuesto al sol’, el gravamen por autoconsumo.
Obstáculos al autoconsumo
Desde los grupos a favor del autoconsumo ya se ha señalado que con el modelo de autoconsumo comunitario se puede conseguir un ahorro de instalación, mantenimiento y amortización de al menos un 30%. Sin embargo, recalcan que la normativa vigente es restrictiva y evita incentivar el autoconsumo energético por las pérdidas que supondría para las grandes compañías eléctricas que verían reducida la demanda de electricidad, con una consecuente disminución también para la recaudación impositiva.

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