miércoles, 31 de enero de 2018
El TC no reconoce las competencias de #Euskadi para definir las condiciones para hacer #Fracking ni la voluntad de la ciudadanía vasca FrackingEz
Ni derecho a legislar, ni voluntad popular ni autonomía sino acatamiento al 155 de facto, y sometimiento a las bases de lo que se decida por quien Gobierna en Madrid; el Parlamento vasco no legisla. ..
Leer más...
miércoles, 24 de enero de 2018
Tala de árboles enfermos en Gerardo Armesto
Resulta que el Ayuntamiento a los arboles enfermos ni los cura ni los deja morir sino que los considera sin valor, y sujetos a eliminar ante el uso de niños de una plaza o ante riesgo de caída.
Realmente lo bonito de esta plaza son los arboles, esa posibilidad de jugar bajo un manto de grandes árboles.
Por ello, y porque el riesgo de caída es absurdo, y su enfermedad una exclusa constante para eliminar los ejemplares que se quieren, Eguzki ve un intento más de adecuar el urbanismo al arbusto y nuevo árbol eliminando todos los ejemplares de Lovaina, Sancho El Sabio, Avenida y ahora plaza Gerardo Armesto.
El Ayuntamiento ha cortado al público la mitad de la plaza Gerardo Armesto esta mañana. En el interior se estaban haciendo trabajos de tala, dado que muchos de los árboles de la zona, que estaban enfermos, van a ser retirados y sustituidos por otros. También se mejorarán algunos ejemplares para que no tengan riesgo de caída. La plaza tiene una alta densidad de vegetación debido al antiguo cauce que pasaba bajo ella. Es transitada a diario y usada por muchos niños debido a sus dos zonas de juegos infantiles Leer más...
Realmente lo bonito de esta plaza son los arboles, esa posibilidad de jugar bajo un manto de grandes árboles.
Por ello, y porque el riesgo de caída es absurdo, y su enfermedad una exclusa constante para eliminar los ejemplares que se quieren, Eguzki ve un intento más de adecuar el urbanismo al arbusto y nuevo árbol eliminando todos los ejemplares de Lovaina, Sancho El Sabio, Avenida y ahora plaza Gerardo Armesto.
El Ayuntamiento ha cortado al público la mitad de la plaza Gerardo Armesto esta mañana. En el interior se estaban haciendo trabajos de tala, dado que muchos de los árboles de la zona, que estaban enfermos, van a ser retirados y sustituidos por otros. También se mejorarán algunos ejemplares para que no tengan riesgo de caída. La plaza tiene una alta densidad de vegetación debido al antiguo cauce que pasaba bajo ella. Es transitada a diario y usada por muchos niños debido a sus dos zonas de juegos infantiles Leer más...
El auge de los huertos urbanos no está exento de riesgos
suelo puede ser una fuente de elementos potencialmente tóxicos en terrenos cercanos a áreas industriales, vías muy transitadas y vertederos de basura
Dichos huertos representan un riesgo potencial para la salud, por la posibilidad de bioacumular en el suelo elementos y compuestos potencialmente tóxicos que pueden ser ingeridos por los consumidores, ha explicado a EFEverde Andrés Rodríguez, doctor en Ecosistemas Terrestres por la Universidad de Vigo y experto en la materia.
ElLos contaminantes se acumulan en tallo, raíz y/o hojas de las plantas, sin embargo, depende de cada elemento (su comportamiento en el suelo y/o su concentración) y de la fisiología de cada planta, la forma en cómo se bioacumulen, ha explicado.
Reducción de riesgos tóxicos
Para Rodríguez, experto en suelos contaminados por plomo, en los huertos sin control no se dan las condiciones apropiadas para reducir los riesgos tóxicos de los suelos como, por ejemplo, cultivos bajo invernadero (evitan la contaminación del aire) y la elaboración de análisis previos que avalen la viabilidad de los terrenos y de las especies a cultivar.
Según datos de Ecologistas en Acción, en los últimos años se ha constatado en España el espectacular crecimiento experimentado por la horticultura urbana en todas las autonomías, especialmente en Andalucía, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana, y son las ciudades de Barcelona y Madrid, las que cuentan con un mayor número de zonas.
Un ejemplo claro de esta gran demanda es el sorteo, el próximo mes de febrero, de 123 huertos urbanos familiares ubicados en una parcela municipal del municipio madrileño de Alcobendas para los que se han registrado más de 800 solicitudes.
Enfermedades
Respecto a las posibles enfermedades, que la ingesta de cultivos contaminados pudiera originar -ha matizado- que en las huertas suelen encontrarse niveles relativamente bajos, por lo que sería necesaria una elevada ingestión para causar un efecto toxicológico.
En este sentido -ha añadido- que las sustancias tóxicas que más le preocupan son los contaminantes orgánicos, como los Hidrocarburos aromáticos policíclicos o los policlorobifenilos (PCBs), mientras que el plomo ha pasado a un segundo lugar, entre otras razones, debido a que las gasolinas ya no contienen dicho elemento.
La ventaja de estos contaminantes orgánicos, frente a los inorgánicos (metales), es que no se transfieren a las plantas con tanta facilidad, aunque en contraposición, el análisis para detectarlo es mucho más caro y más complicado de evaluar.
Fuente: efeverde.com Leer más...
Dichos huertos representan un riesgo potencial para la salud, por la posibilidad de bioacumular en el suelo elementos y compuestos potencialmente tóxicos que pueden ser ingeridos por los consumidores, ha explicado a EFEverde Andrés Rodríguez, doctor en Ecosistemas Terrestres por la Universidad de Vigo y experto en la materia.
ElLos contaminantes se acumulan en tallo, raíz y/o hojas de las plantas, sin embargo, depende de cada elemento (su comportamiento en el suelo y/o su concentración) y de la fisiología de cada planta, la forma en cómo se bioacumulen, ha explicado.
Reducción de riesgos tóxicos
Para Rodríguez, experto en suelos contaminados por plomo, en los huertos sin control no se dan las condiciones apropiadas para reducir los riesgos tóxicos de los suelos como, por ejemplo, cultivos bajo invernadero (evitan la contaminación del aire) y la elaboración de análisis previos que avalen la viabilidad de los terrenos y de las especies a cultivar.
Según datos de Ecologistas en Acción, en los últimos años se ha constatado en España el espectacular crecimiento experimentado por la horticultura urbana en todas las autonomías, especialmente en Andalucía, Cataluña, Madrid y Comunidad Valenciana, y son las ciudades de Barcelona y Madrid, las que cuentan con un mayor número de zonas.
Un ejemplo claro de esta gran demanda es el sorteo, el próximo mes de febrero, de 123 huertos urbanos familiares ubicados en una parcela municipal del municipio madrileño de Alcobendas para los que se han registrado más de 800 solicitudes.
Enfermedades
Respecto a las posibles enfermedades, que la ingesta de cultivos contaminados pudiera originar -ha matizado- que en las huertas suelen encontrarse niveles relativamente bajos, por lo que sería necesaria una elevada ingestión para causar un efecto toxicológico.
En este sentido -ha añadido- que las sustancias tóxicas que más le preocupan son los contaminantes orgánicos, como los Hidrocarburos aromáticos policíclicos o los policlorobifenilos (PCBs), mientras que el plomo ha pasado a un segundo lugar, entre otras razones, debido a que las gasolinas ya no contienen dicho elemento.
La ventaja de estos contaminantes orgánicos, frente a los inorgánicos (metales), es que no se transfieren a las plantas con tanta facilidad, aunque en contraposición, el análisis para detectarlo es mucho más caro y más complicado de evaluar.
Fuente: efeverde.com Leer más...
Dudas constitucionales del TS acerca del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica
El Supremo, en auto de 10 de enero de 2018, ha vuelto a plantear cuestión de inconstitucionalidad relativa al Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica, impuesto introducido en nuestro ordenamiento jurídico por la ley 15/2012.
El Alto Tribunal reitera las dudas que ya esgrimió ante el Tribunal Constitucional en auto de fecha 14 de junio de 2016, las cuales no fueron disipadas al inadmitirse la cuestión pues, existiendo también dudas sobre incompatibilidad con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, debió plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que las despejara con carácter previo a acudir al Tribunal Constitucional.
Ahora, dados los últimos pronunciamientos del TJUE, el Tribunal Supremo ha llegado a la convicción de que, en lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (en adelante Ivpee), la Ley 15/2012 no presenta problemas de ajuste con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, si bien continúan sus dudas de constitucionalidad, lo que ha dado lugar al planteamiento nuevamente de la cuestión de inconstitucionalidad mediante el auto de 10 de enero de 2018.
Hay que recordar que el Ivpee es un impuesto directo que grava la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, respecto a las instalaciones de producción de energía eléctrica, tanto de régimen general como especial. La base imponible del Impuesto está constituida por el importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, medida en barras de central, por cada instalación en el período impositivo, siendo el tipo impositivo fijo del 7%. El Ivpee entró en vigor el 1 de enero de 2013.
Pues bien, el Alto Tribunal cuestiona la finalidad extrafiscal del Ivpee, ya que su carácter recaudatorio es claro pero no su finalidad medioambiental, pues, analizando la estructura del impuesto, no se aprecia esa pretendida naturaleza medioambiental. Así, afirma el Tribunal, el impuesto grava de igual modo a quienes utilizan esas redes intensivamente como a quienes las usan en menor medida; la protección del medio ambiente hubiera aconsejado exenciones o beneficios fiscales cuando la contribución al impacto medioambiental no resultase significativa; la base imponible del Impuesto no contiene ninguna variable con incidencia medioambiental; no resulta fácil establecer una vinculación entre las inversiones en las redes de transporte y distribución y el impacto medioambiental que justifica el tributo.
Tras el análisis del controvertido impuesto, la Sala concluye afirmando que alberga serias dudas sobre la finalidad medioambiental del Ivpee y comparte con los recurrentes que el verdadero objetivo del Impuesto es reducir el déficit tarifario. No obstante, aunque el impuesto no tenga finalidad de tutela del medio ambiente no por ello lo convierte en inconstitucional, siempre y cuando ese impuesto respete los principios del artículo 31.1 de la Constitución, en concreto, el principio de capacidad económica, y aquí es donde surge la duda al Alto Tribunal, pues el Ivpee podría estar gravando una manifestación de capacidad económica ya sometida a imposición por el Impuesto sobre Actividades Económicas.
En consecuencia, el Tribunal Supremo plantea nuevamente al Tribunal Constitucional la cuestión de inconstitucionalidad de determinados artículos de la ley que regula el Ivpee por su oposición al principio de capacidad económica de acuerdo con el artículo 31.1 de la Constitución
Por tanto, vuelve a estar en manos del Tribunal Constitucional determinar si el Ivpee es o no contrario a la Constitución. Leer más...
El Alto Tribunal reitera las dudas que ya esgrimió ante el Tribunal Constitucional en auto de fecha 14 de junio de 2016, las cuales no fueron disipadas al inadmitirse la cuestión pues, existiendo también dudas sobre incompatibilidad con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, debió plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que las despejara con carácter previo a acudir al Tribunal Constitucional.
Ahora, dados los últimos pronunciamientos del TJUE, el Tribunal Supremo ha llegado a la convicción de que, en lo que se refiere al Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (en adelante Ivpee), la Ley 15/2012 no presenta problemas de ajuste con el ordenamiento jurídico de la Unión Europea, si bien continúan sus dudas de constitucionalidad, lo que ha dado lugar al planteamiento nuevamente de la cuestión de inconstitucionalidad mediante el auto de 10 de enero de 2018.
Hay que recordar que el Ivpee es un impuesto directo que grava la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, respecto a las instalaciones de producción de energía eléctrica, tanto de régimen general como especial. La base imponible del Impuesto está constituida por el importe total que corresponda percibir al contribuyente por la producción e incorporación al sistema eléctrico de energía eléctrica, medida en barras de central, por cada instalación en el período impositivo, siendo el tipo impositivo fijo del 7%. El Ivpee entró en vigor el 1 de enero de 2013.
Pues bien, el Alto Tribunal cuestiona la finalidad extrafiscal del Ivpee, ya que su carácter recaudatorio es claro pero no su finalidad medioambiental, pues, analizando la estructura del impuesto, no se aprecia esa pretendida naturaleza medioambiental. Así, afirma el Tribunal, el impuesto grava de igual modo a quienes utilizan esas redes intensivamente como a quienes las usan en menor medida; la protección del medio ambiente hubiera aconsejado exenciones o beneficios fiscales cuando la contribución al impacto medioambiental no resultase significativa; la base imponible del Impuesto no contiene ninguna variable con incidencia medioambiental; no resulta fácil establecer una vinculación entre las inversiones en las redes de transporte y distribución y el impacto medioambiental que justifica el tributo.
Tras el análisis del controvertido impuesto, la Sala concluye afirmando que alberga serias dudas sobre la finalidad medioambiental del Ivpee y comparte con los recurrentes que el verdadero objetivo del Impuesto es reducir el déficit tarifario. No obstante, aunque el impuesto no tenga finalidad de tutela del medio ambiente no por ello lo convierte en inconstitucional, siempre y cuando ese impuesto respete los principios del artículo 31.1 de la Constitución, en concreto, el principio de capacidad económica, y aquí es donde surge la duda al Alto Tribunal, pues el Ivpee podría estar gravando una manifestación de capacidad económica ya sometida a imposición por el Impuesto sobre Actividades Económicas.
En consecuencia, el Tribunal Supremo plantea nuevamente al Tribunal Constitucional la cuestión de inconstitucionalidad de determinados artículos de la ley que regula el Ivpee por su oposición al principio de capacidad económica de acuerdo con el artículo 31.1 de la Constitución
Por tanto, vuelve a estar en manos del Tribunal Constitucional determinar si el Ivpee es o no contrario a la Constitución. Leer más...
domingo, 21 de enero de 2018
Los valles alaveses comienzan a movilizarse contra el TAV
Esta mañana decenas de personas, convocadas por las Juntas Administrativas de Manzanos, Quintanilla de la Ribera, Leniñana Oka y Ribabellosa, se han manifestado contra el Tren de Alta Velocidad en Ribabellosa.
Fuente: Ministerio de Fomento
Los convocantes han denunciado que el proyecto de TAV entre Burgos y Gasteiz llenará la comarca de “túneles y viaductos, pasa muy cerca de los pueblos, nos destroza la poca naturaleza que queda y termina de rodearnos de infraestructuras, ya que en la actualidad nos atraviesan la A1, AP1, N1, AP68, el tren Madrid-Irun y el tren Miranda-Bilbao en menos de diez kilómetros de anchura”.
A su vez, se han mostrado molestas con la actitud de las diversas administraciones: Gobierno Vascos, Diputación Foral y ayuntamientos. Debido a que, mientras en el caso de la Rioja Alavesa rápidamente mostraron su oposición, en el caso de los Valles Alaveses permanecen calladas y “Cuando hemos preguntado, se nos ha dicho que ajo y agua, que este proyecto es casi imposible de cambiar, que nos vayamos haciendo la idea”.
El de hoy ha sido un primer paso, pero tienen previsto convocar una reunión en Ribabellosa, en la que explicarán los pormenores del trazado Y estudiar futuras acciones.
La Línea Burgos-Gasteiz
El proyecto de conexión por alta velocidad entre Burgos y Gasteiz viene de lejos, pero su última versión fue presentado el 8 de enero y actualmente está en fase de exposición pública. Esta línea sería la conexión de la futura Y vasca con Madrid, y según el ministro de Fomento estará terminada para 2023. Sin embargo, a día de hoy, tanto los diversos tramos de la Y vasca, como la línea Valladolid-Burgos sufren importantes retrasos.
Fuente: Ministerio de FomentoEl trazado entre Burgos y Pancorbo ya está elegido, pero se dejan abiertas seis opciones para el tramo entre Pancorbo y Gasteiz. Este proyecto afectará a diversos municipios de la Cuadrilla de Añana y Trebiño, pero, sin duda alguna, Erribera Beitia será el más afectado. La principal opción que baraja el ministerio para su paso por Miranda de Ebro es que la línea se divida en dos ramales, una entraría en la ciudad y el otra no. Estos dos ramales se unirían a la altura de Quintanilla de la Ribera. Posteriormente el trazado avanzaría por Erribera Goitia, Armiñon, Argantzun e Iruña Oka hasta llegar a Gasteiz. El municipio de Lantaron también puede verse afectado, ya que cuatro de las opciones que se barajan, pasarían cerca del pueblo de Komunion.
La zona de los valles alaveses es una comarca eminentemente agrícola y el paso de la línea de alta velocidad lastraría su futuro. Por otro lado, el ministro de Fomento anunció que esta línea no transportará mercancías, poniendo en entredicho uno de los argumentos utilizados por el Gobierno Vasco a la hora de defender la necesidad y rentabilidad de esta infraestructura.
Leer más...
Suscribirse a:
Entradas (Atom)